Desde este viernes entra en vigencia la Ley 9.666, que establece la obligatoriedad de realizar audiencias penales en horario vespertino en Mendoza. La medida busca agilizar los procesos judiciales y reducir la acumulación de causas.
A partir de este viernes comenzará a regir en Mendoza la Ley 9.666, que reglamenta el turno vespertino obligatorio para jueces del fuero penal. La norma, impulsada por el Ejecutivo provincial y recientemente promulgada, busca dotar de mayor agilidad, transparencia y eficiencia al sistema judicial penal, donde la mayoría de las audiencias se concentran durante la mañana. Según datos aportados por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, en el primer semestre de 2025 se realizaron 11.424 audiencias penales, pero solo el 19% de ellas tuvieron lugar después de las 13 horas, es decir, en horario vespertino. Con esta modificación al Código Procesal Penal, el Gobierno pretende aumentar ese porcentaje y distribuir mejor la carga de trabajo.
El nuevo esquema establece que las audiencias penales deberán realizarse también por la tarde, con el objetivo de reducir las reprogramaciones y postergaciones que suelen extender los plazos judiciales. Desde el Ejecutivo explicaron que la medida apunta a que las personas detenidas tengan audiencias más rápidas y que los procesos judiciales se desarrollen con mayor celeridad.
Sin embargo, la disposición no fue recibida de forma unánime dentro del ámbito judicial. Gremios y empleados manifestaron su preocupación por la falta de personal y de recursos para sostener una extensión horaria del trabajo. “Las audiencias a la tarde ya existen, no hacía falta una ley. Lo que se necesita es más estructura, personal y capacitación”, señalaron representantes judiciales.
Desde estos sectores también advirtieron que si el nuevo esquema no contempla la incorporación de personal, el resultado podría ser contraproducente. “Si antes se tomaban dos audiencias con dos personas, ahora puede que se tome sólo una por falta de personal. Van a mostrar más actividad, pero con los mismos recursos”, cuestionaron.

Por su parte, la Federación del Colegio de Abogados de Mendoza respaldó la iniciativa, aunque planteó reservas sobre su aplicación en el Valle de Uco, donde no existen tribunales penales colegiados. Según explicaron, esto obligaría a que muchos casos deban trasladarse a la ciudad de Mendoza, generando demoras y sobrecarga de trabajo.
“Creemos que la reforma es positiva porque permite redistribuir el trabajo y descongestionar la primera instancia, involucrando más activamente a fiscales y ayudantes fiscales. Esto debería traducirse en una justicia más dinámica y ágil”, indicaron desde la entidad.
Publicación obligatoria y nueva oficina de gestión
Entre las principales novedades, la ley establece que será obligatorio publicar en la web institucional las audiencias programadas, con detalle de las fechas, magistrados y funcionarios intervinientes. Además, se creará una Oficina de Gestión Administrativa Penal, que tendrá a su cargo la organización de agendas, distribución de causas, coordinación de salas y la digitalización de los procesos judiciales.
De acuerdo con información del Ministerio Público Fiscal, actualmente 202 empleados trabajan en horario vespertino, lo que representa un 45% del personal total. El desafío ahora será reorganizar las tareas y garantizar la operatividad de todos los equipos en los dos turnos.