Liberaron a dos ambientalistas detenidos por incidentes en Uspallata: la Justicia local se declaró incompetente

Liberaron a dos ambientalistas detenidos por incidentes en Uspallata: la Justicia local se declaró incompetente

Mendoza

Federico Soria y Mauricio Cornejo habían sido arrestados tras los disturbios ocurridos durante la presentación de una cámara de proveedores mineros en el marco del proyecto San Jorge. La jueza entendió que el caso debe pasar a la Justicia Federal.

Dos militantes ambientalistas que permanecían detenidos desde fines de mayo por los incidentes registrados en Uspallata durante un acto de presentación de la Cámara de Empresarios Proveedores Mineros, fueron puestos en libertad esta semana luego de que la Justicia provincial determinara que el caso no le corresponde.

Se trata de Federico Soria, quien se encontraba alojado en el complejo judicial penal de Estrada, y Mauricio Cornejo, que cumplía prisión preventiva domiciliaria. Ambos habían sido imputados en relación con los hechos de violencia ocurridos el 24 de mayo de 2025 durante una actividad vinculada al proyecto minero San Jorge, que tuvo lugar en Uspallata.

La medida fue dispuesta por la jueza Claudia Tula, quien aceptó el planteo de la defensa y resolvió que la causa debía remitirse a la Justicia Federal, al considerar que los delitos imputados encuadran en el artículo 213 bis del Código Penal de la Nación, norma que contempla penas de 3 a 8 años para quienes integren organizaciones que busquen imponer sus ideas mediante el uso de la fuerza.

¿Qué dice el artículo 213 bis?

Esta figura penal fue originalmente pensada para perseguir organizaciones terroristas y ha sido utilizada en otras causas de alto perfil, como la investigación por una supuesta célula islamista en Rivadavia. Sin embargo, su aplicación en un caso relacionado con una protesta ambientalista generó preocupación entre juristas y organizaciones de derechos humanos, que cuestionan el intento de equiparar manifestaciones con delitos federales graves.

El fiscal Juan Manuel Sánchez había elevado la acusación bajo este artículo, pero la magistrada entendió que no es competencia de la Justicia local, y que todo el expediente debe ser evaluado por el fuero federal. De este modo, ordenó que las actuaciones sean remitidas a los tribunales ubicados en Pedro Molina y España, sede de la Justicia Federal en Mendoza.

Cabe recordar que una tercera persona, también detenida en el marco de los disturbios, fue condenada en febrero mediante un juicio abreviado. En tanto, los casos de Soria y Cornejo habían tomado otro rumbo al sostenerse que el encuadre legal era erróneo y que se trataba de una persecución desproporcionada contra manifestantes antimineros.

El conflicto se dio en un contexto tenso, con fuerte oposición social al avance de la minería metalífera en zonas sensibles de la cordillera mendocina. El proyecto San Jorge ha sido motivo de numerosas protestas a lo largo de los años, y sigue despertando controversia por sus posibles impactos ambientales.

Con esta resolución, la causa cambia de jurisdicción y ahora será la Justicia Federal la que determine si corresponde o no avanzar con el proceso.