Propiedad intelectual: se deja de pagar SADAIC en fiestas y se empieza a cobrar en plataformas digitales

Propiedad intelectual: se deja de pagar SADAIC en fiestas y se empieza a cobrar en plataformas digitales

Para las fiestas privadas ya no será necesario abonar este impuesto. Sin embargo, aparece la figura de ‘internet’ como un nuevo “espacio público” en el que se necesitará la autorización de los creadores de las obras para usarlas.

En una decisión que podría tener un impacto significativo en el uso de contenidos digitales, el Gobierno Nacional modificó ayer el Decreto N° 41.223, actualizando la reglamentación sobre propiedad intelectual y derechos de autor. El cambio más notable es la incorporación de internet como un nuevo “espacio público”, lo que implica que cualquier reproducción de obras en línea requerirá la autorización previa de sus creadores, quienes deberán recibir una compensación por su difusión.

El Decreto 765/2024 pone especial énfasis en los medios tecnológicos y digitales, incluyendo plataformas de streaming y otras herramientas que forman parte del uso cotidiano de gran parte de la población.

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Este nuevo marco regulatorio establece que los autores tienen derecho a recibir una remuneración equitativa por parte de cualquier persona u organización que obtenga un beneficio económico, directo o indirecto, al utilizar públicamente una obra. Sin embargo, quedan exentos de esta normativa los eventos que se desarrollen en “un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”, lo que implica que los salones de fiestas, por ejemplo, ya no deberán pagar a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) como se hacía hasta ahora.

El decreto también especifica que no será necesario pagar por el uso de obras en casos donde la reproducción tenga “carácter didáctico” o se trate de “conmemoraciones patrióticas en establecimientos educacionales oficiales o autorizados por el Estado”. Estas excepciones son vistas como un intento de equilibrar la protección de los derechos de autor con la accesibilidad y la educación.

Incertidumbres en la implementación

A pesar de las especificaciones del nuevo decreto, persisten algunas incertidumbres, particularmente en torno a cómo se implementará el pago a los autores y cómo se determinará qué contenidos en internet deberán ser remunerados y cuáles no. El ciberespacio sigue siendo, en muchos aspectos, una ‘zona liberada’ que no está completamente reglamentada, lo que plantea desafíos para la aplicación efectiva de estas nuevas disposiciones.

Este decreto marca un paso importante en la regulación de la propiedad intelectual en la era digital, pero su éxito dependerá en gran medida de cómo se resuelvan estas cuestiones pendientes en los próximos meses.