El Gobierno de Mendoza puso en vigencia el nuevo Estatuto del Empleado Público, que introduce cambios en cesantías, reincorporaciones, sanciones y contrataciones temporales.
El Gobierno de Mendoza reglamentó la nueva Ley del Estatuto del Empleado Público, una normativa que introduce modificaciones clave en las condiciones laborales de quienes trabajan en la administración estatal. La medida, aprobada recientemente por la Legislatura provincial, comenzó a aplicarse desde este lunes y alcanza a los empleados de los tres poderes del Estado, así como a organismos centralizados y descentralizados.
Quedan excluidos de este régimen los docentes, el personal de salud, las fuerzas de seguridad y los empleados municipales con regímenes propios. Entre los puntos más destacados, se elimina la figura de los “cargos por herencia”, es decir, aquellos casos en los que un familiar directo podía asumir un puesto vacante por jubilación o fallecimiento del titular.
Uno de los aspectos más relevantes del nuevo estatuto se vincula con las cesantías y reincorporaciones. Hasta ahora, cuando un empleado era despedido y posteriormente reincorporado, ya fuera por una decisión administrativa o judicial, el Estado debía reconocerle los salarios caídos durante el período que no trabajó.
Con la nueva normativa, eso cambia. Ya no se pagarán los sueldos de los meses sin servicio, aunque el trabajador podrá iniciar una demanda por daños y perjuicios. En ese caso, la compensación económica será del 50% de los haberes correspondientes a ese lapso, y se establece un límite máximo de 24 meses para reclamar.
Otro punto que generó debate fue la incorporación del empleado temporal o interino. Desde los gremios estatales expresaron preocupación ante la posibilidad de que esta figura permita designaciones “a dedo”. Sin embargo, el Ejecutivo provincial aclaró que el objetivo es ordenar las contrataciones urgentes, aclarando que el trabajador temporal no tendrá estabilidad y será reemplazado una vez que se convoque a un concurso público para cubrir el cargo de manera definitiva.
En caso de que el empleado interino desee mantener el puesto, podrá presentarse al concurso y competir en igualdad de condiciones con otros aspirantes.
Cambios en las sanciones disciplinarias
El artículo 53 también introduce ajustes en materia de sanciones dentro del ámbito estatal. A partir de ahora, las medidas disciplinarias no podrán ser impugnadas si, tras un proceso de revisión, no se detectan irregularidades. La única excepción será en situaciones donde se demuestre abuso de poder o arbitrariedad por parte de un superior jerárquico.
Todos estos cambios entran en vigencia desde hoy, tras la reglamentación oficial del Ejecutivo provincial. La reforma busca modernizar el empleo público y establecer criterios más claros sobre la responsabilidad administrativa, la estabilidad laboral y los mecanismos de ingreso a la función pública en Mendoza.