El plazo para solicitar la nacionalidad española bajo la Ley de Nietos finaliza en octubre. Hasta ese día se asignarán turnos, algunos incluso para 2026. Conocé los requisitos, el proceso de solicitud y qué pasará después del vencimiento.
El Gobierno de España confirmó la fecha límite para solicitar la nacionalidad mediante la denominada Ley de Nietos, la cual vencerá el próximo 22 de octubre. Esta normativa, que ha estado vigente por tres años, permitió a hijos, nietos e incluso algunos bisnietos de ciudadanos españoles acceder a la ciudadanía de manera simplificada. Ante la inminente finalización del plazo, quienes deseen iniciar el trámite deben hacerlo antes de la fecha establecida.
Desde el Consulado de España aseguraron que seguirán recibiendo solicitudes de ciudadanía hasta el último día de vigencia de la ley y que los turnos se asignarán sin límite de tiempo. Actualmente, se están otorgando citas para mediados de 2026, lo que significa que, aunque el plazo finalice en octubre, quienes hayan iniciado el proceso podrán completarlo en los próximos años.
Es importante destacar que la Ley de Nietos ya tuvo una prórroga de un año, por lo que no se prevé una nueva extensión. Sin embargo, existe la posibilidad de que en el futuro se impulse una reforma del Código Civil para convertir esta opción en un derecho permanente, aunque dicha modificación dependerá del Congreso español.
El objetivo de la Ley de Nietos
La Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como Ley de Nietos, se creó con el objetivo de reparar el perjuicio sufrido por aquellos que se vieron obligados a renunciar a su nacionalidad por razones políticas, sociales o económicas. Gracias a esta normativa, miles de argentinos descendientes de españoles han podido obtener la ciudadanía sin mayores complicaciones.
Según informaron desde el Consulado español, hasta el momento hay más de 100.000 expedientes en trámite, y se espera que esa cifra continúe creciendo a medida que los beneficiarios vayan completando su documentación.
Quiénes pueden tramitar la ciudadanía española con la Ley Nietos
- Hijos de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros antes de 1978.
- Hijos, nietos o bisnietos de personas españolas que perdieron o renunciaron a su ciudadanía por causas de exilio entre el 18 de julio de 1936 y el 28 de diciembre de 1978.
- Hijos mayores de edad de quienes ya obtuvieron la nacionalidad por leyes anteriores de memoria histórica.
Cuáles son los requisitos para solicitar la ciudadanía española
Para quienes aún no han iniciado el trámite, es fundamental reunir la documentación requerida y solicitar un turno antes del 22 de octubre. Los interesados deberán presentarse en el Consulado General correspondiente a su lugar de residencia con la siguiente documentación:
- Acta de opción por la nacionalidad española.
- Partida de nacimiento del progenitor español (en caso de no estar inscripto en el Registro Civil español).
- Partida de nacimiento del solicitante, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con la Apostilla de La Haya.
- Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del progenitor sin nacionalidad española.
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
- DNI argentino del progenitor español.
- DNI argentino del solicitante.
- En caso de adopciones, testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.
Los consulados habilitados son los de Buenos Aires, Bahía Blanca, Córdoba, rosario y Mendoza.
Consulado español en Mendoza: contacto y turnos
En Mendoza, el Consulado General de España está ubicado en Agustín Álvarez 455, Ciudad de Mendoza. Para solicitar turnos o realizar consultas, los interesados pueden comunicarse a través de los siguientes medios:
- Teléfonos: (261) 4258483 / (261) 4231857 / (261) 4253947
- Correo electrónico: cog.mendoza@maec.es