La ex vicepresidenta fue condena en el marco de la causa “Vialidad”. Sin embargo, el fallo no está firme y puede ser apelado para que intervenga la Corte Suprema.
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó este miércoles, por unanimidad, la condena a seis años de prisión para la ex vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien fue hallada culpable de administración fraudulenta en la causa “Vialidad”. Además, la sentencia incluye la inhabilitación para ejercer cargos públicos. Este fallo, emitido tras la revisión del veredicto del Tribunal Oral Federal 2, fue notificado en los tribunales de Comodoro Py en una audiencia de alto perfil.
El fallo fue firmado por los jueces de la sala IV de Casación, Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes revisaron más de 1.500 páginas de documentación antes de emitir el veredicto. A lo largo de la sentencia, el tribunal señaló “un conjunto de actos de gobierno ejecutados con el propósito de concretar irregularidades en la administración pública”, como evidencia de las maniobras fraudulentas que involucran tanto a Fernández de Kirchner como a otros acusados en la causa.
El fallo también abarca a otras figuras clave, entre ellas el empresario Lázaro Báez y el ex titular de Vialidad Nacional, Nelson Periotti, quienes también recibieron condenas por administración fraudulenta.
Por qué Cristina Kirchner no iría a prisión y podría ser candidata el año que viene
El fiscal Mario Villar expresó su intención de apelar ante la Corte Suprema, en particular para buscar que se sume el delito de “asociación ilícita” a la condena de Cristina Fernández y revertir las absoluciones de algunos de los acusados, como el ex ministro de Planificación, Julio De Vido. Hasta que la Corte Suprema se pronuncie sobre estas apelaciones, el fallo no se considerará firme.
Debido a esto, la expresidenta no irá a prisión y el año que viene podrá ser candidata en las elecciones legislativas si así lo decide. “Remisión de la sentencia. Sólo podrán ser ejecutadas las sentencias firmes. El órgano jurisdiccional remitirá a la oficina judicial copia de la sentencia para que forme la carpeta de ejecución penal y pondrá en conocimiento al juez y a las partes que intervengan”, dice el artículo 375.